martes, 19 de noviembre de 2013

Pensamiento del Día, 19-11-2013



«El hombre ha pagado al precio de millones de muertos la posesión hereditaria del globo terrestre...»
(Herbert George WELLS; Bromley, Kent, Reino Unido, 21 de septiembre de 1866 — Londres, 
13 de agosto de 1946. The War of the Worlds  La guerra de los mundos. 
La tierra en poder de los marcianos, VII-, 1898 -2005, por ejemplo, para una edición en castellano-.)
Aquí y ahora, en los tiempos de la precarización de la vida y el oprobio globalizado, quienes precarizan y oprimen a los más no quieren respuestas molestan que puedan alterar su tranquilo y creciente ejercicio de “posesión hereditaria de la tierra”...  Así que uno de sus testaferros políticos, Jorge Fernández Álvarez, ese Ministro del Interior del gobierno de España de supuesto perfil conciliador, se muestra presto a dejar, tras veintiún años, en un juego de niños aquellos afanes del socialista Corcuera por legitimar "la patada en la puerta" como un recurso para el reestablecimiento del orden(¿?) que ni el Tribunal Constitucional vio con buenos ojos.
Así que la nuevo anteproyecto de Ley de Seguridad Ciudadana, que previsiblemente examine el Consejo de Ministros en tres días, buscará paliar la salida del Código Penal que el departamento de Gallardón reforma simultáneamente de buena parte de las infracciones penales tipificadas como faltas, incorporándolas como infracciones administrativas con gravedad diversa (muy grave, grave o leve). En concreto, las infracciones muy graves recibirán multas que oscilan entre 30.001 y 600.000 euros y serán así consideradas las grabaciones y difundir imágenes de agentes de las fuerzas de seguridad realizando “su trabajo”, las perturbaciones de actos públicos (religiosos, políticos, deportivos, etc.), las concentraciones no comunicadas ante instituciones del Estado (incluso aunque sean en momentos en los que no haya actividad), las protestas no comunicadas o prohibidas ante infraestructuras sensibles (aeropuertos, centrales nucleares, etc.),  los escraches y toda forma de acoso a cargos públicos (incluso la mera hecho de sobrepasar los posibles perímetros de seguridad establecidos por las fuerzas del orden) o, en el mismo nivel, deslumbrar con láser a pilotos de tren o avión. Las infracciones graves, por su parte, recibirán multas entre 1.001 y 30.000 euros u así serán consideradas las alteraciones del orden público realizadas con capucha o cualquier elemento que dificulte la identificación, cualquier amenaza, coacción, vejación o injuria hacia los agentes de las fuerzas de seguridad cuando están ejerciendo sus funciones, el ofrecimiento, solicitud, negociación o aceptación de servicios sexuales en zonas infantiles o que supongan riesgo para la seguridad vial (no sancionando la prostitución en sí), la tenencia ilícita, transporte o abandono de cualquier droga o utensilio para su preparación, la plantación y cultivo de cualquier estupefaciente incluso cuando no haya intención de traficar con él, el “botellón” no autorizado y perturbador de la tranquilidad ciudadana, la conducción de vehículos para traslado de drogadictos a los centros de venta de estupefacientes, los daños a cualquier tipo de mobiliario urbano y los actos vandálicos en cualquier servicio público, obstaculizar la vía pública con neumáticos o enseres que impidan la normal circulación, escalar o precipitarse desde edificios públicos como acto reivindicativo...
Los cincuenta y cinco artículos del anteproyecto, dieciséis más que los de la ley vigente, tienen por ende las beneméritas pretensiones de llegar también allí donde la Real Academia Española de la Lengua parece no ser capaz de “limpiar, fijar y dar esplendor” a la noble lengua castellana, haciendo toda una redefinición del concepto de seguridad ciudadana; así como de extender el ideario de la “cooperación público-privada” también a esta materia obligando a seguratas y huelebraguetas (perdón, agentes de seguridad y detectives privados) a una colaboración inexcusable con las fuerzas del orden estatales; de regular los protocolos de cacheo e identificación para que, siguiendo las recomendaciones de la Defensora del Pueblo(¿?), no se vinculen a etnias o razas(¿?); de posibilitar la requisa temporal de los documentos de identidad para comprobar si son efectivamente auténticos...
Le queda al texto normativo, en cualquier caso, un buen camino a través de los dictámenes preceptivos (que para eso estamos en una democracia procedimiental, oiga) del Consejo de Estado y del Consejo Superior del Poder Judicial para, tras su vuelta al Consejo de Ministros para que, convertido ya en proyecto de ley orgánica, pueda ser debatido, modificado y, en su caso, aprobado por las Cortes... Pero todos sabemos a qué se juega, ¿no?.
De hecho, dicen portavoces autorizados del Ministerio del Interior que no les anima afán recaudatorio alguno, sino la firme voluntad de “reducir el margen de discrecionalidad a la hora del reproche de una conducta ilícita” y de “llenar el limbo jurídico de actos nuevos, como el escrache, o de aquellos que dejará fuera el nuevo Código Penal reformado”... Y realmente hay que creerles: lo que realmente les anima es profundizar en la gestión del miedo como instrumento básico de control, criminalizando y sancionando (administrativamente, porque penalmente quedaría poco decoroso y mucha gente podría considerarlo incluso poco democrático) cualquier forma (nueva o vieja) de disidencia y resistencia ante el descaro del capitalismo rampante.
O sea, el que quiera protestar que no se llame a engaño y aloje el bolsillo (o se atenga a la muerte simbólica, convertido en un excedente humano insolvente). A fin de cuentas, aquí todo, hasta la libertad para expresar la disidencia, tiene que ser negocio.
Nacho Fernández del Castro, 19 de Noviembre de 2013

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